El 4 de julio de 2019 la Municipalidad dictó el Decreto 1524/2019 donde reconoce la utilización de material descargado a través de internet de manera ilegal, ya que los mismos contaban con derechos de autor, para dictar cursos de capacitación como parte del programa Si, Si, Virtual, del Instituto de Formación y Selección de Servidores Públicos (Infossep).
En el Decreto 1524/2019 (el cual se puede descargar del siguiente link: https://servicios.cordoba.gov.ar/DigestoWeb/Page/Documento.aspx?Nro=73637), se consignan dos pagos por la utilización del material utilizado a favor de la empresa INTERCONTACT por un total de $1.516.750 en modo de compensación por el “mal entendido” y para seguir utilizando los archivos descargados por 45 días hábiles más.
Por tal motivo, el 19 de julio, en mi carácter de Concejal electo de la Ciudad de Córdoba presenté una nota al Intendente Ramón Mestre, (Expte. 030276/2019 N° de Seguimiento: 44380/2019) donde solicité que, una vez ejecutado el pago, se le inicie acción civil al funcionario o funcionarios responsables del uso indebido del software de propiedad de la empresa INTERCONTACT, a efectos del recupero del dinero erogado por el erario municipal.
En este sentido, cabe destacar que la Carta Orgánica Municipal en su Art. 22 y la Constitución de la Provincia de Córdoba en su Art. 14 establecen la responsabilidad civil, penal y administrativa de los funcionarios públicos. De esto se desprende con claridad que el daño patrimonial causado a las arcas municipales por negligencia o impericia de los funcionarios debe ser reparado por ellos y, de ese modo, que no recaiga sobre los bolsillos de los contribuyentes.
Quinteros puntualizó: “Este tipo de «errores» parecen insignificantes o, lo que es peor, intentan minimizarse, pero sólo en este caso nos costará más de 1,5 millones de pesos a los vecinos de Córdoba. Alguna vez se debe cumplir con lo que prescribe la Carta Orgánica Municipal y la Constitución Provincial, y que sea el funcionario público quien pague por acciones negligentes como la descripta».