El Vocal del Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) en representación del Frente Cívico, Dr. Juan Pablo Quinteros, informa que en el día de la fecha ingresó el siguiente pedido ante la Presidencia del organismo: “Por la presente me dirijo a Ud. a efectos de solicitar tenga a bien ordenar la incorporación al orden del día de la próxima reunión de directorio del Ente la siguiente cuestión:
La Resolución General ERSeP. N° 60 de fecha 26/12/2013 en su parte resolutiva dispuso:
“ARTÍCULO 1°: ORDÉNASE a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba –EPEC- a compensar y resarcir económicamente a los usuarios del Servicio Público de Energía Eléctrica que se vieron afectados por la indisponibilidad del servicio durante los días 23 a 26 de diciembre de 2013, con un monto equivalente al de la factura que le correspondería abonar al usuario reclamante en el mes de Diciembre del año 2013.-
ARTICULO 2°: A los efectos del artículo anterior, se establece lo siguiente:
1. Se considerarán afectados aquellos usuarios que hayan sufrido falta de suministro de energía eléctrica por 12 horas dentro de los días establecidos en el artículo anterior.
2. El ERSeP podrá determinar zonas y/o usuarios afectados, lo cual será comunicado a la prestadora a efectos de que la misma se abstenga de facturar el mes en cuestión; asimismo la empresa deberá abstenerse de facturar respecto de aquellas zonas y/o usuarios que ésta determine como afectadas conforme sus registros de ley.
3. Sin perjuicio de ello, quedarán comprendidos en la presente resolución todos aquellos usuarios residenciales que hayan efectuado el correspondiente reclamo tanto ante la Empresa Provincial de Energía (EPEC), como ante el Ente Regulador de Servicios Públicos (ERSEP).
4. Tanto el ERSeP, como la EPEC podrán constatar las circunstancias particulares para la procedencia de la compensación-resarcimiento en cada caso concreto.
5. La compensación comprende lo facturado en el mes de diciembre del año 2013 y que no haya sido percibido por la Empresa. En caso de haber sido percibido, deberá ser acreditado en la facturación siguiente.
6. A los fines de la presente cada usuario se considera un caso individual, más allá del tratamiento colectivo que pueda justificarse en razones de economía procesal.”
En virtud de ello surgen consideraciones y modificaciones que, a criterio del suscripto, deben ser analizadas y subsanadas a la brevedad.
En primer lugar se debe reconsiderar el “término de tiempo” comprendido entre los días 23 y 26 de diciembre como tope de “afectación en la prestación deficiente del servicio” para realizar los reclamos, toda vez que las interrupciones en las prestaciones del servicio se han seguido produciendo y esto debe ser analizado con el mismo criterio que se fijara la resolución que se emitiera oportunamente.
Respecto a lo establecido en el Artículo Segundo que en su punto 3 establece:… quedarán comprendidos en la presente resolución todos aquellos usuarios residenciales que hayan efectuado el correspondiente reclamo tanto ante la Empresa Provincial de Energía (EPEC), como ante el Ente Regulador de Servicios Públicos (ERSEP)”, estimo que se deben incorporar a los alcances de la Resolución a los USUARIOS COMERCIALES toda vez que los mismos también se vieron afectados por los cortes del suministro de energía y dicha resolución los excluye del reclamo.
Teniendo en cuenta que los denominados “Usuarios Comerciales” al carecer del servicio eléctrico tienen consecuencias gravosas en su desarrollo comercial y económico, y careciendo este Ente de herramientas para poder establecer una compensación en tal sentido –situación que vuelve a poner en evidencia que urge el tratamiento y sanción por parte de este organismo de las “Normas de Calidad de Servicio Público de Energía y Sanciones”- estimo conveniente que una vez efectuado el trámite que en los términos que ordena la Resolución General N° 60 en este Ente, dichos reclamos se remitan a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba –EPEC- “recomendado” que arbitre los medios para cubrir con un resarcimiento económico las pérdidas que hubieren sufrido los comercios reclamantes. Tal medida tiene como antecedente inmediato lo ocurrido en abril de 2010 cuando la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) abonó mas de 1,6 millón de pesos a comercios, en resarcimiento por las pérdidas tras los cortes de energía eléctrica de enero y los primeros días de febrero de ese año. Dicho acuerdo surgió a partir de negociaciones entre la EPEC, el Ministerio de Industria y entidades del sector comercial. Por lo expuesto, solicito se de tratamiento a la presente a los fines de garantizar el cumplimiento del rol de este Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) en el marco de la su función reguladora que le asigna la Ley 8835 que establece como funciones: “el dictado de la normativa regulatoria, el control y aplicación de sanciones, la solución de conflictos entre las partes del sistema, el estímulo de la calidad y eficiencia de los prestadores y la aplicación de los incentivos relativos a la actividad regulada, de conformidad con las políticas sectoriales”.
Al respecto el Vocal del Frente Cívico expresó: “Existen numerosos reclamos de comerciantes que se vieron y se ven afectados por los cortes constantes del servicio eléctrico y éstos se ven desamparados ante la indolencia e indiferencia de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba respecto a sus reclamos. Es imprescindible intentar mitigar los efectos producidos por la falta de previsión de EPEC y los cuantiosos daños que tal situación viene produciendo en uno de los sectores más castigados de la economía. El problema adquiere ribetes dramáticos cuando se escucha el relato de pequeños comerciantes que lo pierden todo y no tienen capacidad alguna de recuperarse ante este tipo de situaciones que le son completamente ajenas. Debemos procurar una pronta reparación procediendo a modificar todas las resoluciones que haya que modificar a efectos de poner al Ente al servicio real de la gente”.
“Es imposible reparar en poco tiempo o con medidas de corto plazo la falta de políticas energéticas serias que evidencia la Provincia de Córdoba en los últimos 20 años, pero no podemos quedarnos inmóviles ante situaciones criticas como las que se viven en la actualidad. La supina irresponsabilidad y el privilegiar los negocios por sobre las necesidades de la gente han sido el signo característico del gobierno de De la Sota, sumado al gerenciamiento de 4 años de Schiaretti. Este último mandato de UPC muestra no sólo la cara mas escandalosa de la corrupción, sino que pone en evidencia que cuando se corre el velo del marketing político, se puede ver con claridad el escenario de la realidad, una provincia en crisis, un pueblo abandonado a su suerte, una pobreza creciente y un gobierno que, en su retirada, muestra que ha perdido definitivamente el rumbo”, finalizó Quinteros