El Vocal del Directorio en el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSEP) en representación del Frente Cívico Dr. Juan Pablo Quinteros informa: que en relación a lo manifestado por el Gobernador de la Provincia José Manuel De la Sota en el día de la fecha que expresó «Estamos conversando porque no hubo en la negociación el reconocimiento del valor real del megavatio. Entonces eso nos está originando un déficit que no estamos dispuesto a pagar», (ver nota completa aquí) vale la pena recordar como antecedente lo que en diciembre de 2010 se informaba desde la propia EPEC cuando se sostenía: “El convenio de abastecimiento es inusualmente beneficioso para Epec. No sólo por el precio –68 dólares el megavatio/hora– sino por los plazos: es por ocho años, cuando con los demás generadores es por un año y excepcionalmente por dos” (ver nota completa aquí).
Al respecto Quinteros señaló: “Es evidente la contradicción entre lo que EPEC informaba en 2010, cuando sus directivos encabezados por el ex Pte, Daniel Bonetto manifestaban que el convenio suscripto con Cammesa por venta de energía era absolutamente beneficioso para la empresa y lo que viene expresando el Gobernador De la Sota sobre la inexistencia de reconocimiento el “valor real” del megavatio en aquella negociación”.
Quinteros agregó: “Algo no cierra, si aquel contrato para Bonetto y sus secuaces era “extraordinario” y ahora el propio De la Sota lo lleva al lugar de “ruinoso” alguien le estuvo mintiendo a los cordobeses”
“De la Sota debería instruir a sus funcionarios para que los responsables de una acción a todas luces perjudicial para EPEC respondan donde deben responder, en la Justicia”, disparó Quinteros.
Por ultimo el Vocal juecista sostuvo: “respecto a lo que manifestó hoy De la Sota sobre que existe un fallo a favor de Córdoba sobre la apelación de las multas que aplicó Cammesa (por 40 millones de pesos) por el último aumento de tarifa del 28%, nos gustaría que de mas detalles del mismo porque desde el propio gobierno se informó que se había contestado a tal medida mediante carta documento”,