Caminos de las Sierras y la publicidad privada - Dr. Juan Pablo Quinteros | Somos Córdoba

El Vocal del Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) en representación del Frente Cívico, Dr. Juan Pablo Quinteros informa: que habiendo tomado conocimiento que en los distintos puestos de peaje de la Red de Accesos a Córdoba se observa la presencia de publicidad tanto en las barreras de las cabinas como, en forma de bandera, en los mástiles que se encuentran en las mismas (lo que consta en las fotografías que se acompañan en archivos adjuntos), y conociendo que en algunos puestos de la RAC durante los fines de semana se entrega publicidad a los automovilistas utilizando “promotoras/es” publicitando empresas privadas, se ha solicitado a la empresa Caminos de las Sierras S.A que informe al Ente de Control las condiciones en las que se otorgó el uso de esos espacios con fines publicitarios.

Cabe recordar que el contrato de concesión de la RAC tiene por objeto “otorgar en concesión de obra pública gratuita por peaje”. De igual forma el contrato al que se hace referencia contempla en su cláusula séptima los “INGRESOS DEL CONCESIONARIO” estableciendo “Por todas las obligaciones establecidas en este CONTRATO, EL CONCESIONARIO percibirá únicamente el producido del cobro de la tarifa de peaje, a abonar exclusivamente por  los usuarios”…..”. EL CONCESIONARIO podrá percibir los ingresos que obtenga de la explotación de las áreas de servicio mencionadas en la cláusula undécima del presente que autorice el ORGANO DE CONTROL, previa conformidad del CONCEDENTE

Luego la cláusula décimo primera determina las denominadas “Areas de Servicio” y establece de manera taxativa “EL CONCESIONARIO podrá explotar por si o por terceros Áreas de Servicios en los espacios y con las características que determine el ANEXO TÉCNICO PARTICULAR, con sujeción a las siguientes reglas:

11.1. Podrán destinarse entre otras, a las siguientes actividades: estaciones de servicio para automotores; postas turísticas, centros comerciales de escala adecuada;  restaurantes y esparcimiento, servicios de grúas, comunicaciones, primeros auxilios.

11.2. Deberán contemplar la transitabilidad y seguridad en la red que conforma la R.A.C..

11.3. EL CONCESIONARIO deberá asegurar que las actividades que se desarrollen en las Áreas de Servicios cumplan con las normas de protección al medio ambiente mencionadas en el punto 10.6 precedente.

11.4. Las actividades a desarrollar y los productos y bienes que se expidan o comercialicen no estarán sujetos a condiciones monopólicas o acuerdos de exclusividad, debiendo asegurar EL CONCESIONARIO la participación en la R.A.C. de distintos oferentes de servicios, bienes y productos.

11.5. EL CONCESIONARIO debe someter a consideración previa del ÓRGANO DE CONTROL las actividades que desee desarrollar en las Áreas de Servicios las que deberán contar con la aprobación del CONCEDENTE. Dicha aprobación no generará responsabilidad alguna al CONCEDENTE, a LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN PROVINCIAL, al ÓRGANO DE CONTROL y/o a la Nación , corriendo por cuenta y riesgo del CONCESIONARIO obtener las autorizaciones legales y reglamentarias de las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales competentes.

Al respecto el vocal del Frente Cívico puntualizó: “Se observa últimamente la presencia de publicidad en los puestos de peaje y llama la atención que nunca Caminos de las Sierras S.A haya cumplimentado los requisitos del contrato de concesión para proceder en tal sentido. De la lectura del contrato queda claro que la empresa estaría obteniendo ingresos de manera contraria a lo establecido en el mismo y por lo tanto sin control de ningún tipo. Ya hemos sostenido que siendo CASISA una Sociedad Anónima, (con participación casi total del estado provincial) se encuentra excluida del régimen de control de contrataciones y compras a los que están sometidos los organismos del estado. Es de esperar que rápidamente la empresa conteste el pedido de informe y aclare las situaciones descriptas que, a priori, dejan en evidencia un proceder violatorio del contrato de concesión, situación grave por ser, como ya se dijo, un sociedad con 99,24% en manos de la Provincia de Córdoba”.

 

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