Año nuevo estafa vieja!!! el 2013 y los PEAJES de De la Sota - Dr. Juan Pablo Quinteros | Somos Córdoba

El Vocal del Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) en representación del Frente Cívico, Dr. Juan Pablo Quinteros, informa: “Como si se tratara una broma del día de los inocentes, el 28 de diciembre el Gobierno de la  Provincia de Córdoba publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 1605 en el que, entre otras cosas, define a la “Tasa Vial Provincial” creada por Ley N° 10.081 como un “sistema de peaje indirecto” que pagan al momento de cargar combustible “todos quienes tienen la red caminera provincial a su disposición para usarla en el momento en que así lo dispongan”. El decreto agrega que “La tasa se refiere a un servicio determinado y con ella se cubre el gasto que ocasiona la prestación de dicho servicio. El impuesto, en cambio, se paga en proporcionalidad a la capacidad contributiva del sujeto pasivo y su característica es la generalidad, pues tiende a costear las funciones y servicios del Estado”. También se afirma que en el caso de la tasa vial “no se da el supuesto de doble o múltiple imposición ya que, examinando comparativamente la tasa vial provincial con cualquier impuesto nacional bajo ningún aspecto se presenta una coincidencia substancial, total o parcial, de hechos imponibles o bases de medición”. De la Sota aprovecha el Boletín Oficial para, una vez más, culpar al Gobierno Nacional de todo los males que acontecen en Córdoba y esta vez echa mano a la falta de envíos de fondos por parte del mismo para cubrir el déficit de la “Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Córdoba”.

El Vocal del Frente Cívico dijo: “El Decreto habla de la Red Caminera Provincial, pero omite, intencionada y maliciosamente, referirse a los peajes que se pagan en la Red de Acceso a Córdoba, concesión a cargo de Caminos de las Sierras y otras vías sujetas a peaje; podríamos aquí entrar en consideraciones técnicas acerca de la naturaleza jurídica de los peajes y para ello distinguir entre los conceptos de “tasa” y “contribución especial” y “obra pública” y “servicio público”; algunos autores sostienen que el  peaje “es una contribución especial, fundada en ley, de pago obligatorio por los usuarios de la obra pública, en razón de los beneficios o ventajas que obtienen por tal circunstancia “. Queda claro que cuando pagamos peaje en una ruta concesionada estamos abonando una tasa y lo hacemos con el objeto de obtener un beneficio económico directo por parte de los usuarios y en concepto de los alcances de lo contratos de concesión (como es el caso de la RAC).

Quinteros agregó: “El día 19 de octubre del cte. año formulé denuncia en la oficina de Defensa del Consumidor en contra del Gobierno de Córdoba por la violación de la Ley 24240 (Ley de Defensa del Consumidor) por el “DOBLE COBRO ILEGÍTIMO” al que se someten los usuarios de las rutas concesionadas bajo el “sistema de peaje” de manera superpuesta con el impuesto a los combustibles mal denominado “tasa vial” creado por Ley 10081/2012. Al momento de formular la denuncia manifesté que era inadmisible que quienes transitamos por las rutas de Córdoba, sujetas a concesión y por las cuales abonamos peaje, al cargar combustible se nos cobre un impuesto para EXACTAMENTE EL MISMO FIN, que tienen, por contrato las concesiones viales. Basta leer el art. 1 de la Ley 10081 y la cláusula primera 1.2 del contrato de concesión para que quede en evidencia que son IDÉNTICOS, “cortados y pegados””.

Por último Quinteros expresó: “Es evidente que el delasotismo sabe que es sólo cuestión de tiempo para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haga lugar a la presentación del Estado Nacional y ordene eliminar ESTE IMPUESTO INVENTADO LLAMADO TASA VIAL. Este argumento desesperado para justificar que la “tasa vial” no es un “impuesto”, termina dando la razón a la presentación efectuada por este vocal del Frente Cívico cuando solicitó ante la Dirección de Defensa del Consumidor su actuación con el objeto de evitarle a los usuarios PAGAR DOS VECES POR LO MISMO. La presentación tenía como base fáctica que el peaje y el impuesto tenían el mimo objeto, cuestión que NADIE DEL GOBIERNO SE ANIMÓ A REFUTAR. Pero ya en el absurdo llevado al paroxismo el gobierno sostiene, ya sin tapujos, que la “tasa vial” tiene el carácter de “peaje indirecto”. Es evidente que día a día entran en colisión directa los discursos del oficialismo sobre temas como el que se trata, pero en este caso lo manifestado choca de lleno con el cobro de PEAJE DIRECTO (esto es el que se paga en las casillas destinadas a tal fin). Repárese que al momento de plantear esta nueva “tesis magistral” ya no se define el beneficio de quienes transitan por las rutas sino que apunta a que TODOS deben pagar un “”peaje indirecto” ya  que  “eventualmente” podrían transitar por la Red Caminera Provincial, es decir “aunque usted no utilice la ruta PAGUE porque ahí está para que la use algún día!”. Cabe recordar que en la Dirección de Defensa del Consumidor se “lavó las manos” ante la presentación con el facilista argumento de que el Estado “no brinda servicios”, cuestión que obviamente no comparto, y que de la simple lectura del decreto cuestionado surge que es el propio Estado el que  MANIFIESTA Y DEJA CLARO QUE EFECTIVAMENTE ESTÁ PRESTANDO UN SERVICIO (marche copia a la Dirección de Defensa del Consumidor de Córdoba). Dicha respuesta fue motivo de un Recurso Jerárquico, interpuesto en tiempo y forma, que a la fecha no ha sido resuelto Insistiremos con la resolución del recurso mediante un “PRONTO DESPACHO” porque entendemos, hoy más que nunca, que el Gobierno de Córdoba ha avalado nuestros argumentos. Lo verdaderamente increíble es que una ley sancionada por la Legislatura cordobesa y de plena vigencia desde hace meses deba necesitar de un DECRETO para explicar y aclarar sus alcances”.

“En su afán recaudatorio De la Sota acude a mecanismos reñidos con la ley. En este caso se avanzó en un mamarracho que no saben como arreglar y acude a argumentos que lo exponen cada vez más al ridículo. De la Sota ha pasado rápidamente de “presidenciable” a “impresentable” disparó Quinteros.